LA REPARACIÓN CIVIL EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL

Autores/as

  • Elena Cecilia Arévalo Infante Universidad Señor de Sipán

Palabras clave:

Reparación civil, hecho delictuoso, restitución del bien, indemnización de daños y perjuicios.

Resumen

La acción penal que se da inicio por la perpetración de un hecho delictuoso, da origen a un proceso penal que tiene como fin la aplicación de una pena o medida de seguridad y además la reparación civil del daño causado. Así el Código Penal en el artículo 92, prescribe que conjuntamente con la pena se determinará la reparación civil correspondiente, que conforme a lo previsto en el artículo 93 del Código Penal, comprende: la restitución del bien, la indemnización   de daños y perjuicios 

La reparación civil es aquella suma de dinero que permitirá que la persona dañada pueda restaurar la cosa al estado anterior a la vulneración o se vea compensada, si ello no es posible.

Biografía del autor/a

  • Elena Cecilia Arévalo Infante, Universidad Señor de Sipán
    Catedrática de la Universidad Señor de Sipán. Magíster en Ciencias Penales por la Universidad Nacional Pedro Ruiz. ecarevalo@crece.uss.edu.pe

Referencias

Chinchay A. (2005) La Victima y su reparación en el Proceso Penal Peruano., Dialogo Con La Jurisprudencia N° 108. P.215

Gálvez T. (2005), La Reparación Civil en El Proceso Penal, 2da. Edición. IDEMSA.

Rojas, F. (2002), Jurisprudencia Penal y Procesal Penal (1999-2000) IDEMSA.

Reinhart M. (1962) “Tratado de Derecho Penal” (Deutsches Strafrecht. Allgemeiner Teil Ein Lehrbuch) Ediciones Ariel, España.

San Martin C. (2003) Derecho Procesal Penal Tomo II, 2da Edición, Ed. Grijley, Lima.

Velásquez, F. (1997) “Derecho Penal”. Parte general, 3era. Edición, Temis, Bogotá.

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Publicado

2017-12-05

Número

Sección

Derecho Penal