PROYECTO LEGISLATIVO PARA ADICIONAR AL ARTÍCULO 2022, EL ARTÍCULO 2022 A) CÓDIGO CIVIL, EN REGISTRO PÚBLICO DE LAS ESCRITURAS NOTARIALES DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD INMUEBLE
DOI:
https://doi.org/10.26495/re.v1i2.1124Palabras clave:
Registro Público, Oponibilidad, Escrituras Notariales, Transferencias de Propiedad Inmueble, Seguridad JurídicaResumen
La investigación, parte de la insuficiente respuesta del derecho registral inmobiliario frente a la inscripción de inmuebles, lo cual limita el derecho de propiedad en los Registros Públicos, considerándose para ello, que la escritura, que es elaborada por el Notario, no sólo debe ser registrada en los libros de esta persona, sino que debe ser remitida al Registro Público a fin de que se cree un antecedente de propiedad inmueble, ello al verificarse que el ordenamiento jurídico actual no provee las herramientas eficaces para prevenir ni solucionar los conflictos de intereses derivados de los casos en que se presenta más de una venta sobre el mismo bien. El objetivo principal, consiste en elaborar un proyecto legislativo para adicionar al artículo 2022, el artículo 2022 A) del Código Civil, en registro público de las escrituras notariales de transferencia propiedad de inmueble y la oponibilidad para determinar la propiedad de un predio. Se emplearon métodos de observación, análisis y de síntesis. Se empleó un diseño No Experimental con una metodología de tipo descriptiva y explicativa. Se aplicó la revisión de casos en materia civil y penal derivados de conflictos por la concurrencia de varios propietarios sobre un mismo bien. Partir de las deficiencias obtenidas se propuso elaborar una propuesta legislativa con la inclusión del artículo 2022-A, la misma que está orientada para que a través de la función del Notario Público se pueda registrar la transferencia de un inmueble, para verificar también la acreditación del titular del derecho que se transfiere.
Abstract
The investigation, part of the insufficient response of the real estate registry right against the registration of real estate, which limits the right of ownership in the Public Registries, considering that the deed, which is drafted by the Notary, should not only be registered in the books of this person, but must be sent to the Public Registry in order to create an antecedent of real property, it is verified that the current legal system does not provide effective tools to prevent or solve conflicts of interest arising of the cases in which more than one sale is presented on the same good. The main objective consists of preparing a legislative project to add to article 2022, article 2022 A) of the Civil Code, in public registry of notarial deeds of property transfer and the effectiveness to determine ownership of a property. Methods of observation, analysis and synthesis were used. A non-experimental design was used with a descriptive and explanatory methodology. The review of cases in civil and criminal matters arising from conflicts was applied due to the concurrence of several owners over the same asset. Starting from the deficiencies obtained, it was proposed to elaborate a legislative proposal with the inclusion of article 2022-A, which is oriented so that through the function of the Notary Public, the transfer of a property can be registered, to verify also the accreditation of the holder of the right that is transferred.
Keywords: Public Registry - Oponibility - Notarial Deeds - Transfers of Real Property - Legal Security